martes, 12 de febrero de 2013

Hacienda me estafa

O de cómo se piensan que la gente es tonta, que no lee o que no se documenta.

Con todas las letras, los de la Agencia Tributaria son unos HIJOS DE PUTA (presuntamente, sólo presuntamente, ya me entendéis).

Por si os pasa a vosotros, interinos desplazados, os informo de que en el artículo 20.2b de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas dice que:

Artículo 20. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
[...]
2. Se incrementará en un 100 % el importe de la reducción prevista en el apartado 1 de este artículo, en los siguientes supuestos:
[...]
b. Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. Este incremento se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.


Pese a ello, no aceptaron mi declaración de la renta, puesto que, según ellos, les faltaban datos. A ver, almas de cántaro, ¿qué datos os van a faltar si trabajaba para un ente público y lo podéis comprobar todo desde el ordenador, y si además el alquiler estaba declarado, y en él aparecía el número de referencia catastral? ¿Somos lerdos (presuntamente) o qué?

Así pues, si yo me inscribo en el SOIB y luego acepto un trabajo que implique un CAMBIO DE ISLA, eso ya es un cambio de residencia, ¿no? Pues la funcionaria que me atendió empezó por poner excusas como que era de la misma comunidad autónoma. Disculpe, señora, pero es mucho más fácil ir cada día de Alicante a Albacete, siendo de comunidades distintas, que de Mallorca a Menorca. Después empezó a decirme si declaraba el alquiler, a lo que respondí que sí, obviamente, y que le adjuntaba el contrato. Luego me pidió recibos de mensualidades, y le dije que lo pagaba por el banco, pero que si quería se los sacaba, a lo que me dijo que no hacía falta.

Después de esto -que no aparece en ningún artículo de la ley ni en ninguna parte-, y al verse desarmada, me dijo que si tenía el certificado del padrón. No, bonita, no me empadroné, en primer lugar porque no lo necesité, y en segundo lugar porque la ley que usted menciona no hace referencia alguna a estar empadronado para justificar el cambio de residencia. Además, en la "cartita de amor eterno" que me mandaron, como documentos que se me requieren, figuran los siguientes:

1. Certificado que acredite los períodos de inscripción en INEM (No saben que se llama SEPE y que, además, eso lo gestiona el SOIB, no el SEPE. Animalicos -presuntamente-). OK
2. Contrato de trabajo. OK
4. (Se saltaron el 3, o no saben contar, también presuntamente). Certificado de empadronamiento histórico en la nueva ciudad, contrato de arrendamiento o cualquier otro documento que estime conveniente. OK

Nótese la disyuntiva, que marca que sirve una cosa u otra. De momento, de gramática van mal, y esto no es presuntamente, o no saben leer, o no saben escribir, o el día que explicaban las coordinadas no asistieron a clase. Y esto es así, se pongan como se pongan. Así pues, presento el contrato de arrendamiento, todo muy bien ordenadito, muy bonito y muy bien colocadito, junto con todo lo demás, y cuál es mi sorpresa al ver que no estiman mi alegación. A ver, incompetentes (presuntamente), yo entiendo que tenéis que hacer caja, pero con la ley en la mano, la ley que vosotros mismos citáis, vosotros mismos me estáis dando la razón, así que, ¿por qué se desestima mi demanda? Que yo entiendo que estamos manteniendo a muchos chorizos (estos no son presuntamente, estos son unos desgraciados de arte mayor), pero de ahí a que, con la ley en la mano, engañéis a los contribuyentes, pues no me parece de recibo.

Si no me queréis pagar/devolver lo que me toca, decídmelo claramente, pero no me hagáis hacer el tonto ni me queráis tomar por idiota, que no hay cosa que me dé más rabia. Si me dicen "no te vamos a pagar lo que te toca porque hemos recibido órdenes de arriba de valorar las declaraciones de IRPF a la baja, y sobre todo las que son a devolver", pues me joderé, pero lo entenderé, y luego ya protestaré por otros cauces, pero hacer las cosas así, pues no me parece ni medio normal. Además, si tanta razón tuviesen, ya me hubieran citado el artículo donde aparece todo lo que ellos dicen, porque buscando en todas las leyes que me ponen como excusa/pretexto no he encontrado en ninguna la palabra padrón/empadronamiento. Y el Ctrl+F no falla.

De que devuelvan las declaraciones de 2011 en el 2013, cuando deberían ejecutarse en 2012, para que así computen como gastos de un año después y que no suba más el déficit de 2012 no vamos a decir nada... Esto es desvestir a un santo para vestir a otro. Ojo con vuestras cuentas con el Estado, siempre vais a salir perdiendo.Yo os lo digo porque no es la primera vez que me pasa, y dudo que vaya a ser la última.

Por cierto, pese a haberme encontrado con una funcionaria -supuesta y presuntamente- borde, que tanto que sabe de leyes tributarias y se olvida del artículo 34.1j "Derecho a ser tratado con el debido respeto y consideración por el personal al servicio de la Administración tributaria", también me encontré con el funcionario que se encargaba de registrar solicitudes, que me dio toda la información que ella me ocultaba (haciendo caso omiso del artículo 34.1a "Derecho a ser informado y asistido por la Administración tributaria sobre el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias"). Este señor me trató de una manera MUY correcta, aséptica pero cordial y correcta; además de darme toda la información y de tramitar el registro de mi solicitud, también me explicó cómo debía proceder en los años siguientes y me dio algunas ideas para ahorrarme varios trayectos hacia la administración de Inca y poder realizar varios trámites por internet. Todo esto en menos tiempo y con mayor eficacia que la -presuntamente- borde que estaba a la defensiva, como si el dinero -que yo y los demás contribuyentes ya hemos pagado- fuese suyo y no del pueblo.

Y luego mis amigos me preguntan por qué siempre me leo las leyes que me pueden afectar... La información es poder, aunque a veces se obre de una manera tan marrullera como ésta. Por cierto, aún no he recibido ninguna "carta de amor eterno" en la que se me explique por qué se rechaza mi alegación, sólo he visto el miniingreso en mi cuenta y he ido a la página web de la Agencia Tributaria, y he hecho un "self-service", por eso de que Hacienda somos todos.

2 comentarios:

  1. i això que tu estàs ben informada, que a la resta ens toregen com volen!!!

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    1. Són una guarda de desgraciats. No sé qui té més culpa, si els gerifaltes del ministeri o els funcionaris borregos que els obeeixen.

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